viernes 15 de abril de 2011

Derecho de admisión y carácter público de la educación privada

Fue reglamentada anteayer en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Ley Nº 2681, sancionada en 2008, que limita el derecho de admisión de las escuelas privadas. Esta controvertida norma fue originada en 2004 por la Defensoría del Pueblo de esta ciudad a raíz de la gran cantidad de denuncias de padres que el organismo recibía por ejercicio arbitrario del derecho de admisión de las escuelas privadas.

 

La norma no anula este derecho, sino que insta a las escuelas a justificar los rechazos de inscripción y reinscripción de alumnos (artículo 1) y explicita que dichas justificaciones no pueden contradecir los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 2).

 

Esta ley supone un avance con relación a los marcos legales de la mayoría de las jurisdicciones del país, que en general omiten el tema o avalan abiertamente el derecho de admisión. Sin embargo, al preservar este derecho, la ley pone sobre el tapete la cuestión del carácter público de la educación privada.

 

En efecto, a partir de la sanción de la Ley Federal de Educación de 1993 se produjo un cambio significativo en la denominación y la concepción de la educación privada, que pasó a ser considerada educación pública aún siendo gestionada por organismos privados. Mientas que la Ley de Educación Nacional de 2006 elude la cuestión al referirse a la educación de gestión privada –sin mencionar el concepto de “público”-, varias leyes provinciales establecen explícitamente el carácter público de la educación privada. 

 

¿Por qué entonces las escuelas públicas de gestión privada –especialmente las subvencionadas por el Estado- deberían gozar del derecho de admisión cuando este derecho está vedado a las escuelas de gestión estatal? ¿Pueden concebirse como públicas las escuelas que tienen el derecho a cobrar cuotas y seleccionar a sus alumnos?  

 

En sentido estricto, la educación es pública si no discrimina, si está abierta a todos, si todos tienen derecho a ser admitidos.  La defensa del derecho de admisión se basa en el derecho a la libertad de enseñanza, que supone no sólo la libertad de definir un proyecto educativo sino de invocarlo como razón para excluir a aquellos cuyas concepciones o formas de vida no estén de acuerdo con él. Este derecho se enfrenta con el derecho al acceso a la educación sin discriminación de ningún tipo, que deberían garantizar todas las escuelas públicas, tanto de gestión estatal como de gestión privada.  

 

Esta cuestión adquiere particular relevancia en el contexto de aumento constante de la matrícula del sector privado durante las últimas décadas, que ha profundizado la división social de los alumnos entre las escuelas de gestión privada y estatal. Mientras las primeras se sigan beneficiando de regulaciones de mercado (que posicionan a los alumnos como consumidores de un servicio que les puede ser denegado y no como ciudadanos titulares de derechos a ser garantizados), no sólo las escuelas privadas no deberían ser consideradas como públicas, sino que las escuelas estatales concentrarán cada vez más a aquellos que, por falta de dinero o por ser catalogados como “problemáticos”, no tienen otras opciones.

 

Cantidad de Comentarios 5
Comentarios

maria inés bertonchini

martes 19 de abril de 2011
desde el momento en que las escuelas son subvencionadas por el estado dejan de ser "Privadas" y mas si el subsidio que reciben es destinado a abonar sueldos del personal docente,pues indirectamente serían empleados estataleses lo que sin entender mucho de deecho privado,pienso, además si el sueldo es abonado por el estado a los docentes les deberían aplicar las mismas reglamentaciones que para los estatales puros pues la función es la misma, no me cierra que un docente pueda estar cumpliendo las mismas tareas en los mismos horarios en diferentes escuelas sin que los comprenda la ley de incompatibilidad,tal el caso del Instituto Privado "HERNANDARIAS"D-29 y los colegios estatales de la misma localidad.La generalidad de los docentes no declaran las horas que cumplen en el Privado cuando se les solicitan las planillas en los estatales puros y viceversa; los problemas se suscitan despues cuando hay que corregir horarios y priorizar los intereses docentes por sobre el alumnado.Sería muy bueno que se investigue sobre este tema.Pues los docentes reclaman por sus "derechos" y no se respetan los derechos de los alumnos

Ana María Fernández

martes 19 de abril de 2011
Mis felicitaciones por la calidad del contenido de vuestro comentario y la exactitud de los datos expuestos. Coincido integralmente con ellos y como parte de las Escuelas de Gestión Social entiendo que la discriminación que existe en el ámbito privado empresarial no nos inlcuye y por ello resulta imprescindible que la Gestión Social se incliuya dentro de las clasificiaciones que se hacen de la "educación pública" con autenticos fundamentos de nuestros principios rectores, entre ellos la igualdad con equidad.

Patricia Celia Massemilla

martes 11 de diciembre de 2012
Mi hijo Cristian concurre o concurria al Instituto San Martín de los Andes ubicado en Juan Manuel de Rosas 2447,San Justo. Ayer lunes me notificaron que no le renuevan la matricula por que, cometio una travesura, que no justifico. Mi hijo fue suspendido 10 dias, y ahora lo echaron como a un delincuente. El tiene buena conducta, si bien no tiene calificaciones que promedian 10, pero si 7 o 8, Cristian cursa cuarto año y paso a quinto llevandose dos materias, matematica y literatura. Quisiera saber si hay algun lugar en donde yo podría hacer mi descargo, porque me parece injusto la medida arbitraria que se ha tomado con mi hijo. Desearia que me contesten , mi hijo esta muy aflijido, tomo conciencia de lo cometido, y quiere seguir en ese colegio para terminar su sexto año junto con sus compañeros. Desde ya muchas gracias!! Patricia Celia Massemila DNI:21.095.440

Angélica Coñuecar

martes 19 de agosto de 2014
Mi hijo fue expulsado como si fuera un bien material, un objeto del Colegio Santa Teresa de Jesús, de Neuquen Capital, porque lo padres informamos un problema edilicio y pedimos su arreglo. Echaron a un niño de 7 años, y se negaron a acatar toda orden que vino del Consejo Provincial de Educación, las intervenciones de las Defensorias del Niño y del Pueblo, la intervención del INADI, como también de la Subsecretaria de Derechos Humanos de esta Provincia, nada hizo restituir los derechos de mi hijo a no ser discriminado, a continuar con sus afectos, vínculos, con su lugar que él decidia ocupar, él quería continuar en ese Colegio y tenia derechos, para continuar, toda una normativa de protección integral a los derechos del niño a nivel nacional, provincial, a nivel internacional; que no se aplico, ni se aplica; y terminan dañando a niños, desde su interior y desde su inocencia, sin que nadie, les garanticen el derecho a acceder a una educación inclusiva, evitando dañarlos. Ojala, el Gobierno a nivel Nacional, haga algo al respecto, para que no sigan siendo utilizados los niños como objetos comerciales, que los desechan cuando se les ocurre, violando toda la legislación de protección que poseen por estar en un grupo vulnerable, y usan esto para dañarlos. Mi hijo, tuvo retrocesos a nivel cognitivo, pedagógico, inestabilidad emocional porque no entiende porque tuvo que dejar a sus amigos, dejar su lugar, actualmente esta con apoyo psicológico y llora porque los extraña, y hasta sueña que vuelve a reencontrarse con sus amigos en la escuela, que locura no!, escuelas encargadas de educar, de enseñar valores, inclusión, y hacen todo lo contrario. Gracias por este espacio. Angélica Coñuecar DNI 23.918.404. Neuquén Capital-Argentina

noelia

martes 17 de febrero de 2015
hola,quisiera saber si me pueden informar,hasta q punto una escuela privada con subvencion dl 70% pueden exijir el pago dl mismo para darte el pase dl alumno,ya q al mismo de lo esta cambiando x la misma razon d no poder abonar la cta?

Deja tu comentario